...DECLARA CON LUGAR la solicitud de Medida de Protección interpuesta por la Fiscalía IX del Ministerio Público, en defensa de los derechos de IDENTIDAD OMITIDA, por ende, a los fines de preservar al beneficiario en la integridad de sus derechos, SE DECRETAN las siguientes MEDIDAS DE PROTECCIÓN:
PRIMERO: DECRETA LA COLOCACIÓN FAMILIAR, del beneficiario IDENTIDAD OMITIDA, en el hogar de la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, titular de la Cédula de identidad No. IDENTIDAD OMITIDA, conforme al artículo 126, literal i) de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: En este sentido la precitada ciudadana ejercerá la RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, entendida como lo establece el artículo 358 ibídem, por lo tanto, deberá garantizarle todos los derechos inherentes a la salud, cuidado, desarrollo, protección y educación integral, representarla en los Institutos educacionales, así como viajar dentro del Territorio Nacional con el beneficiario, estando proscrito que le imp.....