CONDENA al ciudadano CÉSAR OSWALDO DÍAZ REYES, venezolano, nacido el 23 de julio de 1979, de 31 años de edad, titular de la Cédula de Identidad NºV-15.374.466, de profesión u oficio colector, hijo de Elvira Reyes (v) y Nicolás Díaz (v), residenciado en Urbanización Menca de Leoni, ahora "27 de Febrero", bloque 8, piso 6, apartamento 6, Guarenas, Municipio Autónomo Plaza del estado Miranda; a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS y ONCE (11) MESES DE PRISIÓN por ser AUTOR responsable de los delitos de ASALTO A TRANSPORTE PÚBLICO, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, tipificados en los artículos 357, 277 y 218, respectivamente, todos del Código Penal, pena que cumplirá en el centro penitenciario que indique el tribunal de Ejecución correspondiente.