Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 242, 254, 506 del Código de Procedimiento Civil y el literal "a" del artículo 40 del Decreto con Rango y Fuerza de ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, en concordancia con los artículos 1.357, 1.159 y 1.160 del Código Civil, PARCILAMENTE CON LUGAR la demanda de DESALOJO incoada por el ciudadano SANTO TIRRITO BELLA, contra la Sociedad Mercantil "NOVEDADES LA ROSA 2010, C.A.", ambos antes identificados. En consecuencia, se condena a la Sociedad Mercantil "NOVEDADES LA ROSA 2010, C.A.", a: Primero: En desalojar el inmueble arrendado, en su condición de arrendatario del local comercial disti.....