SEXTO: De conformidad con lo previsto en los artículos 507 y 508 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con los artículos de conformidad con los artículos 155, 156, 157, 158, 159 y 160, en relación con el artículo 15 numerales 6 y 15, en relación con el articulo 16 numeral 4, 17 numerales 2 y 3 y 63 del Código Orgánico Penitenciario, a el penado YORVI JOSÉ UGAS GONZÁLEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-21.089.349, plenamente identificado, NO se le tomara en cuenta la redención por el trabajo y/o estudio, por encontrarse en libertad, en virtud que en fecha 04/02/2016, el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de ésta circunscripción y sede, acordó imponer la medida cautelar sustitutiva de libertad, prevista en el artículo 242 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal.
Se ordena oficiar al Presidente del Consejo Nacional Electoral, con el objeto de informar sobre la pena accesoria impuesta como lo es la Inhabilitación Política, a la Direcci.....