...el Tribunal por cuanto se encuentran llenos los extremos contenidos en el Artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, decreta MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre bienes muebles propiedad de la demandada ciudadana MARIA ANTONIA MENDOZA, hasta cubrir la cantidad de TREINTA MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 30.375.000,00), cantidad que comprende el doble de la cantidad demandada (Bs. 13.500.000,00) y las costas calculadas prudencialmente por el Tribunal en la suma de TRES MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 3.375.000,00). En caso de que la medida decretada recayere sobre cantidades líquidas de dinero la medida será hasta por la cifra de DIECISEIS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 16.875.000,00), cantidad que comprende la cantidad demandada y las costas calculadas por el Tribunal. A los fines de la práctica de la medida decretada, el Tribunal acuerda comisionar amplia y suficientemente al Juzgado Ejecutor de Medidas d.....