DECRETA LA NULIDAD DE LA APRENSION del ciudadano EDUARDO LANDER EDUARDO, venezolano, titular de la Cédula de identidad 5.566.262, nacido en fecha: 26-11.1959, de 46 años de edad, domiciliado en: Higuerote, calle poniente, Quinta La Mulera, Municipio Brion, Estado Miranda, de conformidad con los Artículos, 8, 9, 243, 248, 250, 256, 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal y los Artículos 44.1, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Asì mismo se insta al Ministerio Pùblico, a que aperture la correspondiente averiguación en contra de los funcionarios actuantes, por privación ilegitima de Libertad. Remitase las presentes actuaciones a la Fiscalia actuante, en su oportunidad legal.