DISPOSITIVA:
Sobre la base de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial del Estado Miranda-Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de la Defensa, en el sentido de que le SEA RECONSIDERADA, la Medida Cautelar Sustitutiva impuesta en fecha 12-08-04, al ciudadano CARLOS ALBERTO RAMOS, titular de la cédula de identidad N° 4.812.657, incurso en el delito de ESTAFA AGRAVADA, FALSEDAD DE ACTOS PUBLICOS COMETIDA POR PARTICULARES Y FALSEDAD IDEOLOGICA, previstos y sancionados en los artículos 464 ordinal 1°, 320 y 328, respectivamente, todos del Código Penal, en perjuicio de la Corporación de Salud del Estado Miranda.
Regístrese, notifíquese y déjese copia.
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL
DALIA ROJAS MONTERO
LA SECRETARIA.....