DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, extensión Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO. Declara Con Lugar la revisión de oficio de la solicitud formulada por el ciudadano: JORGE JOAN GONZALEZ BLANCO, LUIS ALFREDO RONDON GUALDRON y JONALIS HAIDELIS CHIRINOS RONDON, titular de la cédula de identidad Nº V-17. 427.442, Nº V-11.918.922 y Nº V-19.224369, respectivamente, a quien se le sigue causa por la presunta comisión de los delitos de COAUTORES EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Articulo 5 y 6 numerales 1º, 2º, 3º y 8º, y Articulo 12 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotor en relación con el articulo 83 del Código Penal, asimismo el delito de COAUTORES EN EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICAD.....