Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la conversión en divorcio de la Separación de Cuerpos y de Bienes decretada a favor de los ciudadanos GLORIA MAGDALENA PINEDA PACHON y MIGUEL RODRIGUEZ PINEDA, venezolana y colombiano, respectivamente, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-22.784.338 y E-81.305.019, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código de Procedimiento Civil y en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 24 de diciembre de 1976 ante la Parroquia de San Esteban Promartir, República de Colombia, Departamento de Cundinamarca, Municipio Bogotá, presentada para su registro en los Libros de Registro Civil d.....