Este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana MIREYA DEL CARMEN ZAMBRANO CORREDOR, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.524.941, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno, de su propiedad, que tiene una superficie de DOSCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS (240,00 Mts 2); ubicado en: Calle Principal de Pan de Azúcar, Sector el Tambor, Nº 024, Los Teques, Municipio Guacaipuro, del estado Bolivariano de Miranda, dichas bienhechurías tienen un área de construcción de CIENTO SIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y UN CENTIMETROS (107,71 Mts 2); c.....