...PRIMERO: Se califica flagrante la aprehensión de los ciudadanos DIEGO ANTONNI ROJAS ADRIAN, titular de la cedula de identidad N° V-19.310.726, HANNY MARGARITA GODOY RONDON, titular de la cedula de identidad N° V-19.310.929, MARÍA DEL PILAR ADRIAN DÍAZ, titular de la cedula de identidad N° V-11.565.756 y ANA CECILIA ROJAS ADRIAN, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V-20.115.685, por encontrarse llenos los extremos establecidos en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal y de conformidad con lo establecido en el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-
SEGUNDO: Se acuerda que la presente causa se ventile por los tramites del procedimiento especial para el juzgamiento de los delitos menos graves, contenido en los artículos 354 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal.-
TERCERO: Se decreta medida cautelar sustitutiva al ciudadano: 1.- DIEGO ANTONNI ROJAS ADRIAN, titular de la cedula de identidad N° V-19.310.726, Nacionalidad: Vene.....