FIJA UN LAPSO PRUDENCIAL por el término de Sesenta (60) días para que la ciudadana Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Superior del Ministerio Público concluya la investigación en la causa 4C-5088/00 seguida al ciudadano RAMON OSWALDO LOPEZ, venezolano, residenciado en sector Gran Colombia, casa S/N, Frente a Bodega Carrizal, Los Teques Estado, Miranda, titular de la cédula de identidad Nro. 8.672.773; todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal.