DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES presentada por los ciudadanos WILMER ANTONIO MONRROY SIFONTES e YUSMAYRIN DEL CARMEN GUZMAN DE MONRROY, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-6.168.733 y V-10.888.527, respectivamente, en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los ciudadanos: WILMER ANTONIO MONRROY SIFONTES e YUSMAYRIN DEL CARMEN GUZMAN DE MONRROY, en virtud del matrimonio por ellos celebrado por ante el Concejo Municipal de la Prefectura, Municipio Autónomo Urdaneta, Estado Miranda, en fecha veintisiete (27) de marzo de mil novecientos noventa y nueve (1999), según consta de original del acta de matrimonio inserta bajo el Nº 16, inserta en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados durante el año 1999; habiendo fijado su último domicilio conyugal en Av. 4 Chara, Boulevard Evencio Gámez, Casa Nº 14-25, Charallave, Estado Bolivariano de Miranda, en el cual habitaro.....