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Decisiones del dia 28/09/2017

Formato:  Ficha  Lista

Paginas Ant 1 2 3 4 5 Sig [Total de sentencias: 41] Página 3 de 5
N° Expediente : 2017-5589 N° Sentencia : Fecha: 28/09/2017
Procedimiento:
Justificativo De Testigo
Partes:
VENANCIA TEODORA BARRIOS DE DIAZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-4.441.481
Resumen:
Por las consideraciones que anteceden, y siendo que la firma es una formalidad necesaria para considerar legítimamente manifestada la voluntad expresada por escrito, tal y como lo expresa Ricardo Henríquez La Roche en sus comentarios al Código de Procedimiento Civil, cuando señala: "(...) Un documento no firmado por quien aparece como exponente no es siquiera instrumento privado, a tenor del artículo 1.368 del Código Civil. En tal caso, la Secretaria habría dado fe de la presentación de un objeto que no es considerado jurídicamente como instrumento, en el sentido técnico jurídico de la Palabra, y por tanto, no podrá considerarse "escrito" a los efectos que señala el Artículo 187. Igual efecto se produce sí, habiendo dado fe la Secretaria de la presentación del documento, se comprueba ulteriormente que la firma es apócrifa, es decir, que no hay firma de quien aparece como otorgante", por lo antes expuesto este Tribunal considera que no fue válidamente presentado el escrito de solicitud .....
Juez/Ponente:
Teresa Herrera Almeida
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
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N° Expediente : 2017-5627 N° Sentencia : Fecha: 28/09/2017
Procedimiento:
Justificativo De Testigo
Partes:
ENRY ENRIQUE VALDELAMAR RIOS
Resumen:
Vistas las actuaciones que conforman el presente expediente, seguido por ENRY ENRIQUE VALDELAMAR RIOS, por JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, este Tribunal observa que en fecha 13 de junio de 2017, se dictó sentencia mediante la cual declaró inadmisible la presente solicitud, en tal virtud se evidencia que el proceso esta terminado, en consecuencia, se ordena el CIERRE y ARCHIVO de este expediente. Remítase al Depósito de Expedientes de la División de Archivos Judiciales del Estado Bolivariano de Miranda. Cúmplase.
Juez/Ponente:
Teresa Herrera Almeida
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
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N° Expediente : 4416-2017 N° Sentencia : 2 Fecha: 28/09/2017
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
MANUEL DE JESUS BRICEÑO VAZQUEZ
Resumen:
En razón a lo antes expuesto, y de una revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente, se observa que en el caso sub examine la solicitud efectuada por el abogado ANTONIO RAFAEL VELASQUEZ DELGADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.579, actuando en representación del ciudadano MANUEL DE JESUS BRICEÑO VAZQUEZ, antes identificado, versa sobre la declaratoria de Titulo Supletorio de una bienhechuría construida sobre una parcela de terrenoubicada en el Kilómetro 14 de la autopista Regional del Centro, localidad Hoyo de la Puerta, Calle No. 04, Sector Los Manantiales, Jurisdicción del Municipio Baruta del estado Miranda, tal y como se desprende del escrito de solicitud inserto del folio 01 al 04 del presente expediente, así como del plano otorgado por la Unidad de Información y Archivo de la Dirección de Planificación Urbana y Catastro de la Alcaldía del Municipio Baruta, inserto al folio 11 del presente expediente, por lo que el Tribunal competente para conoce.....
Juez/Ponente:
Andrea Alcalá Pinto
Organo:
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal.
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N° Expediente : 2017-3351 N° Sentencia : Fecha: 28/09/2017
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
NELSY VIRLEYDI RAMOS BERRIOS, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-18.529.123,
Resumen:
Por las consideraciones que anteceden, y siendo que la firma es una formalidad necesaria para considerar legítimamente manifestada la voluntad expresada por escrito, tal y como lo expresa Ricardo Henríquez La Roche en sus comentarios al Código de Procedimiento Civil, cuando señala: "(...) Un documento no firmado por quien aparece como exponente no es siquiera instrumento privado, a tenor del artículo 1.368 del Código Civil. En tal caso, la Secretaria habría dado fe de la presentación de un objeto que no es considerado jurídicamente como instrumento, en el sentido técnico jurídico de la Palabra, y por tanto, no podrá considerarse "escrito" a los efectos que señala el Artículo 187. Igual efecto se produce sí, habiendo dado fe la Secretaria de la presentación del documento, se comprueba ulteriormente que la firma es apócrifa, es decir, que no hay firma de quien aparece como otorgante", por lo antes expuesto este Tribunal considera que no fue válidamente presentado el escrito de solicitud .....
Juez/Ponente:
Teresa Herrera Almeida
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
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N° Expediente : 2017-3337 N° Sentencia : Fecha: 28/09/2017
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
JOEL JOSE DOS SANTOS TELES Y ERICKA PEREZ GONZALEZ, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, Y TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS V-14.953.564 Y V-15.713.020
Resumen:
Por las consideraciones que anteceden, y siendo que la firma es una formalidad necesaria para considerar legítimamente manifestada la voluntad expresada por escrito, tal y como lo expresa Ricardo Henríquez La Roche en sus comentarios al Código de Procedimiento Civil, cuando señala: "(...) Un documento no firmado por quien aparece como exponente no es siquiera instrumento privado, a tenor del artículo 1.368 del Código Civil. En tal caso, la Secretaria habría dado fe de la presentación de un objeto que no es considerado jurídicamente como instrumento, en el sentido técnico jurídico de la Palabra, y por tanto, no podrá considerarse "escrito" a los efectos que señala el Artículo 187. Igual efecto se produce sí, habiendo dado fe la Secretaria de la presentación del documento, se comprueba ulteriormente que la firma es apócrifa, es decir, que no hay firma de quien aparece como otorgante", por lo antes expuesto este Tribunal considera que no fue válidamente presentado el escrito de solicitud .....
Juez/Ponente:
Teresa Herrera Almeida
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
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N° Expediente : 2012-9231 N° Sentencia : Fecha: 28/09/2017
Procedimiento:
Cobro De Bolivares
Partes:
TIBISAY ACOSTA VENEZOLANA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 9.890.289, CONTRA CONTRA LA SOCIEDAD MERCANTIL "MUEBLES DYADORA C.A."
Resumen:
De una revisión de las actuaciones que conforma el presente expediente Nº 12-9231, contentivo del juicio que por Cobro de Bolívares que sigue la parte actora ciudadana TIBISAY ACOSTA venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 9.890.289, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 54.055, actuando en su propio nombre y representación, contra la Sociedad Mercantil "MUEBLES DYADORA C.A." debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 30 de Marzo de 2009, bajo el Nº14-A, representada por el ciudadano JOSE ALEJANDRO GONZALEZ ZAMORA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 3.589.461 y la ciudadana ANGUL VILLEGAS, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 6.871.368, en su condición de avalista. Ahora bien, vista la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 15/01/2015, mediante la cual se DECLARÓ EXTINGUIDO EL PRESENTE PROCESO, y por cuanto no hay más diligencia que hacer en el presente .....
Juez/Ponente:
Teresa Herrera Almeida
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
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N° Expediente : S-322-17 N° Sentencia : Fecha: 28/09/2017
Procedimiento:
Unicos Y Universales Herederos
Partes:
AGUSTINA PERALES DE BELLO
Resumen:
DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus PEDRO MARGARITO BELLO NEGRIN, quien era venezolano, mayor de edad, de estado civil casado, titular de la cédula de identidad Nº V-976.876, a su esposa ciudadanaAGUSTINA PERALES DE BELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-614.245, y a sus hijos ciudadanos NELIDA ALEIDA BELLO PERALES, LUCIA GENOVEVA BELLO PERALES, MIRIAN GENOVEVA BELLO DE ALBORNOZ, SAUL GONZALO BELLO PERALES, BRENDA ALVINA BELLO PERALES, ULISES ROEL BELLO PERALES y ALGAR ISBENIT BELLO PERALES
Juez/Ponente:
Cesar A Medrano R
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal.
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N° Expediente : 2017-3368 N° Sentencia : Fecha: 28/09/2017
Procedimiento:
Unicos Y Universales Herederos
Partes:
MATILDE NACARID HERNANDEZ CAMEJO, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-12.881.469
Resumen:
Así mismo, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia 38, de fecha: 29-01-2003, con ponencia del Magistrado JOSE MANUEL DELGADO OCANDO, entre otras cosas señaló:"...El interés procesal ha de manifestarse en la demanda o solicitud y mantenerse a lo largo del proceso, ya que la pérdida del interés procesal conlleva al decaimiento y extinción de la acción: Como un requisito que es de la acción, constatada esa falta de interés, ella puede ser declarada de oficio, ya que no hay razón para poner en movimiento a la jurisdicción, si la acción no existe...". En consecuencia, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el presente asunto, por falta de interés procesal y así se decide.
Juez/Ponente:
Teresa Herrera Almeida
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
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N° Expediente : 2017-3363 N° Sentencia : Fecha: 28/09/2017
Procedimiento:
Unicos Y Universales Herederos
Partes:
DOÑA BENIGNA BELINDA PEREZ; DOÑA YAJAIRA JOSEFINA PEREZ REVELO; DOÑA NOHEMI DEL VALLE PEREZ REVELO Y DOÑA CARMEN MARIA PEREZ DE RODRIGUEZ, EXTRANJERAS, MAYORES DE EDAD Y TITULARES DE D.N.I/N.I.F Nº 78693002C; 79074107S; 79094439S Y 7870265N.
Resumen:
Por las consideraciones que anteceden, y siendo que la firma es una formalidad necesaria para considerar legítimamente manifestada la voluntad expresada por escrito, tal y como lo expresa Ricardo Henríquez La Roche en sus comentarios al Código de Procedimiento Civil, cuando señala: "(...) Un documento no firmado por quien aparece como exponente no es siquiera instrumento privado, a tenor del artículo 1.368 del Código Civil. En tal caso, la Secretaria habría dado fe de la presentación de un objeto que no es considerado jurídicamente como instrumento, en el sentido técnico jurídico de la Palabra, y por tanto, no podrá considerarse "escrito" a los efectos que señala el Artículo 187. Igual efecto se produce sí, habiendo dado fe la Secretaria de la presentación del documento, se comprueba ulteriormente que la firma es apócrifa, es decir, que no hay firma de quien aparece como otorgante", por lo antes expuesto este Tribunal considera que no fue válidamente presentado el escrito de solicitud .....
Juez/Ponente:
Teresa Herrera Almeida
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
arriba

N° Expediente : 2017-3347 N° Sentencia : Fecha: 28/09/2017
Procedimiento:
Unicos Y Universales Herederos
Partes:
ANYELY LOURDES MORENO MORALES, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-16.589.916,
Resumen:
Por las consideraciones que anteceden, y siendo que la firma es una formalidad necesaria para considerar legítimamente manifestada la voluntad expresada por escrito, tal y como lo expresa Ricardo Henríquez La Roche en sus comentarios al Código de Procedimiento Civil, cuando señala: "(...) Un documento no firmado por quien aparece como exponente no es siquiera instrumento privado, a tenor del artículo 1.368 del Código Civil. En tal caso, la Secretaria habría dado fe de la presentación de un objeto que no es considerado jurídicamente como instrumento, en el sentido técnico jurídico de la Palabra, y por tanto, no podrá considerarse "escrito" a los efectos que señala el Artículo 187. Igual efecto se produce sí, habiendo dado fe la Secretaria de la presentación del documento, se comprueba ulteriormente que la firma es apócrifa, es decir, que no hay firma de quien aparece como otorgante", por lo antes expuesto este Tribunal considera que no fue válidamente presentado el escrito de solicitud .....
Juez/Ponente:
Teresa Herrera Almeida
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal .
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