Por todos los motivos precedentemente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional incoada por los ciudadanos WILLIAMS AGUSTÍN GARCÍA, RAMÓN DE JESÚS SALAZAR CANCHILA, FRANCISCO JAVIER TRAVIESO BLANCO, GERMAN ENRIQUE VILLEGAS LANDAETA y JESÚS ARTURO APONTE VELASQUEZ, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, domiciliados en Higuerote, Municipio Brión, Estado Miranda, titulares de las cédulas de identidad No. 8.759.626, 10.515.169, 6.837.742, 8.746.931 y 16.578.884, respectivamente, en contra de la ASOCIACIÓN CIVIL TAXIS HIGUEROTE, representada por los ciudadanos LUIS RAMÓN ESCOBAR BLANCO y RONALD JOSÉ BLANCO, venezolanos, mayores de edad y titular de la cédulas de identidad Nos. 11.642.831 y 11.489.867, respecti.....