DISPOSITIVA:
Por todas las consideraciones anteriormente señaladas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION PRIMERO DE CONTROL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: Se DECLARA INCOMPETENTE, para conocer de la ACCION DE HABEAS CORPUS, interpuesta por el ciudadano Defensor JOSÉ DEL VALLE REQUENA MATA, venezolano, mayor de edad, civil y profesionalmente capaz, de estado civil casado, de profesión u oficio Abogado en el libre ejercicio, en fecha 29 de junio de 2.004 , procediendo y gestionando en este requerimiento amparatorio en nombre y representación, del ciudadano LEONARDO EMIRO ARAUJO, en contra del Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Función Quinto de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, de conformidad con lo establecido en los Artículos: 1, 2, 4 y 5 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en concord.....