1.- Trabajo fuera del establecimiento (Destacamento de Trabajo): el penado, optará por dicha fórmula alternativa, al haber cumplido UNA CUARTA PARTE DE LA PENA IMPUESTA, que equivale a UN (1) AÑO Y SEIS (6) MESES DE PRISION, tiempo ya cumplido.
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2.- Destino a establecimiento abierto (Régimen Abierto): el penado, optará por dicha fórmula alternativa, al haber cumplido UN TERCIO DE LA PENA IMPUESTA, que equivale a DOS (2) AÑOS DE PRISION, tiempo ya cumplido.
3.- Libertad Condicional: el penado, optará por dicha fórmula alternativa, al haber cumplido las DOS TERCERAS PARTES DE LA PENA IMPUESTA, que equivale a CUATRO (4) AÑOS DE PRISION, tiempo que cumplirá el día 05-07-2014.
4.- Conmutación de la pena por confinamiento: esta forma de conversión del resto de la pena le corresponderá al penado, al haber cumplido las TRES CUARTAS PARTES DE LA PENA IMPUESTA, que equivale a CUATRO (4) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISION, tiempo que cumplirá el día 05-01-2015.
En Consecuencia.....