Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, de conformidad con los Artículos 12, 242, 243, 362 y 868 del Código de Procedimiento Civil, CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO instauraron las ciudadanas TAHAIBIS PATRICIA MONSALVE VIVAS y SIUL DALI GAMBOA MONSALVE, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos. 18.760.216 y 18.760.573, respectivamente, en contra de la ciudadana CARLA ESTHER RUIZ COQUIES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 13.567.528 y consecuentemente, se condena a la demandado a transferir en forma registral, a favor de las demandantes la propiedad del inmueble constituido por "...un apartamento distinguido con el No. 1-2, ub.....