Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por la abogada REYNA COROMOTO PAREDES PADILLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 277.900, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano WILFREDO JOSE VIZCAINO ALTUVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.538.650, y asistiendo a la ciudadana MARIANA YAMILE ZAPATA ALMEIDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.589.562, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 16 de diciembre de 2010, por ante el Registro Civil de Personas y Electoral del Municipio Guaicaipuro del Es.....