este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano OSCAR JESUS MARTIN RUIZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-4.679.025, sobre las bienhechurias construidas sobre un lote de terreno de su propiedad, según se evidencia del documento debidamente autenticado ante la Notaría 41º del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el Nº 15, Tomo 11 de fecha 22 de febrero de 2007, ubicada a orillas de la carretera que conduce de La Mariposa a La Cortada del Guayabo, Kilómetro 8,6 en el sitio denominado El Amarillo Abajo, Parroquia Cecilio Acosta, Municipio Guaicaipuro, Estado Bolivariano de Miranda, , cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, quedando a salvo los derechos de cualquier tercero que pudiera verse afectado por la pr.....