´Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE, el alegato plasmado por la parte demandada, relacionado con la cuestión de ORDEN PÚBLICO E IMPUGNACIÓN DE LA ASISTENCIA JURÍDICA DE LA PARTE ACTORA.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE, el alegato relacionado a la FALTA DE CUALIDAD ACTIVA, propuesto por la parte demandada.
TERCERO: IMPROCEDENTE, el alegato relacionado a la FALTA DE CUALIDAD PASIVA, propuesto por la parte demandada.
CUARTO: CON LUGAR, la demanda por RENDICIÓN DE CUENTAS incoada por la ciudadana LEYNI MADELAINE BITRIAGO CHARAMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.224.871, .....