´´´Por las razones anteriormente expuestas, este tribunal tercero de primera instancia en lo civil, mercantil y del tránsito de la circunscripción judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad de la ley, conforme a los artículos 12 y 254 del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA de UNIÓN CONCUBINARIA, incoada por la ciudadana ROSA DEL VALLE VILLARROEL FARIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.716.386, contra las ciudadanas DIAMELIS LISET CASTILLO RODRIGUEZ y ASENEV GRISEL CASTILLO RODRIGUEZ, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros V-16.495.806 y V-19.354.316 respectivamente. SEGUNDO: Que existió una unión estable de hecho, habida entre la ciudadana ROSA DEL VALLE VILLARROEL FARIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-.....