PRIMERO: ORDENAR LA UNIDAD DEL PROCESO o UNIR LA CONTINENCIA DE LA CAUSA, en razón que el ciudadano ASCANIO CORREA KEILE, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, fecha de nacimiento 27-11-1978, de 25 años de edad, profesión u oficio: cesante para el momento, estado civil soltero, residenciado en Calle Catorce de Marzo, casa Nro. 27-11, sector Vista Hermosa, Barrio La Vega, del Paraíso Municipio Libertador, Caracas, Distrito Capital, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.612.004, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO, previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 de la Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehículo y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, tipificado y penado en el artículo 216 del Código Penal, por cuanto ya no existen diligencias especiales que practicar, excepción ésta contenida en el artículo 74 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 73 ejusdem; en virtud que el mismo esta.....