Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley declara: PRIMERO: CONFIRMA PARCIALMENTE la decisión dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, de fecha 12 de Julio de 2002, mediante la cual DECRETO LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de los ciudadanos GILDA GIAMUNDO DE LUCIA, OVIRMA DEL VALLE CHACON PIZANI, YESENIA JOSEFINA SANCHEZ RIVAS, MAXIMIANO PERDOMO ORTA, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 ordinales 2° y 3° y 252 en todos sus ordinales, del
Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de SECUESTRO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 462, en re.....