Por lo antes expuesto, este Juzgado de los Municipios Independencia y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Santa Teresa del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: ADIANIRA ASCANIO ALVAREZ Y ASDRUVAL RAFAEL OTAMENDY TINEO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.223.599 y V-6.211.379, respectivamente.
En consecuencia, se declara Disuelto el Vínculo Matrimonial que los une, contraído ante la Jefatura Civil de la Parroquia Sucre del Distrito Federal, ahora Distrito Capital, con sede en la ciudad de Caracas, tal como se evidencia del Acta de Matrimonio bajo el Nº 656, folio 156, de los Libros de Matrimonio Civil llevados por la referida oficina para el año 1987, cuya copia certificada cursante al folio 03 del presente expediente.