..., este Tribunal pasa a decretar como en efecto DECRETA la siguiente MEDIDA PREVENTIVA:
1) Se decreta PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el inmueble objeto de la acción, el cual se determina a continuación: "Un inmueble constituido por un apartamento destinado a vivienda principal distinguido con el Nro. 13-13, piso PB, Edificio 13, de la Urbanización Los Jardines de Castillejo, Etapas V y VI, Edificios Nro. 9, 10, 11, 12 y 13, construido sobre los lotes de terreno distinguidos como V y VI, que forman parte del lote de terreno constituido por la parcela "B-11" de la llamada Urbanización El Castillejo, ubicada en Jurisdicción del Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda, el mismo posee una superficie aproximada de 66,00 Mts2, y se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Fachada norte; SUR: Fachada sur con patio interno; ESTE: Escalera y Fachada; y OESTE: Fachada Oeste. Le corresponde un (1) puesto de estacionamiento".-