Por todas las consideraciones anteriores este Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de RESOLUCION DE CONTRATO incoada por los ciudadanos MARIELA VIANA CISNEROS y LUIS FELIPE VIANA CISNEROS contra la ciudadana ELIZABETH FLORES , todos plenamente identificados en autos. SEGUNDO: Se declara RESUELTO el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes en fecha 12 de agosto de 2002. TERCERO: Se condena a la parte demandada a ENTREGAR a la parte actora el inmueble objeto de la convención arrendaticia constituido por una unidad de vivienda distinguida con el número y letra 3-4-A, Planta Baja de la Quinta 3-4, Lote I, del Conjunto Residencial Mucuchíes, Urbanización Castillejo, Guatire, jurisdicción del Municipio Zamora del Estado Miranda, en forma inmediata.