Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones Tercero de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide:
PRIMERO: REVISAR y MODIFICAR la decisión dictada por este Tribunal en fecha Tres (03) de Marzo del 2.004, mediante la cual le IMPONE la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, contenida en el artículo 256 ordinales 3° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado: CURVELO CAMACHO FELIX JOSE, venezolano, nacido el 30-10-1.974, soltero, de profesión u oficio obrero, natural de la Guaira, residenciado en Ciudad Miranda, Terraza 03, Apartamento 01, piso o1, Charallave, Estado Miranda, y titular de la Cedula de Identidad N0. V-13.373.675, y en su lugar le impone la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA LIBERTAD, prevista en el 0rdinal 2° del Artículo 25.....