Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: DECLARARSE INCOMPETENTE PARA EL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, y en tal sentido DECLINA LA COMPETENCIA de la misma, al JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenadas con lo dispuesto en los artículos 7 ejusdem. Remítase las presentes actuaciones bajo oficio.
Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL (T),
ROBINSON SUAREZ ROMANO
EL SECRETARIO,
JOSE LUIS DIAZ