DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA PENA ACCESORIA DE SUJECION A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD, que le fuera impuesta al ciudadano CÉSAR AUGUSTO MONGES PÉREZ de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N V- 9.437.460; en consecuencia se decreta su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal.