Por las razones de hecho y de derecho expuestas precedentemente, este TRIBUNAL SEGUNDO UNIPERSONAL DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA con sede en LOS TEQUES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con fundamento en lo previsto en los artículos 13, 22 y 365 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ABSUELVE; al Ciudadano: EDGAR PASTOR, GUEDEZ JUARES, titular de la cedula de identidad N° V- 11.036.198, nacionalidad venezolano, nacido en Caracas, fecha de nacimiento 28/04/68, edad 34 años, estado civil Soltero, de profesión u oficio Albañil, nombre de su padres MARIA ROSELINA JUARES (v) y VALENTIN ROMERO (V), reside en Barrio Santa Eulalia Sector el Tanque, calle principal cruce con callejón Véliz, casa s/n; de la comisión del delito de: DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS, ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS; previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sob.....