Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: En estado de Interdicción Permanente al ciudadano FRANCISCO GALLARDO VARELA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-28.148.399, de conformidad con el artículo 733 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y, así como el artículo 393 y siguientes del Código Civil.
SEGUNDO: Se designa como Tutora Definitiva, a la ciudadana EMILIA VARELA de GALLARDO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-4.505.165, en su carácter de Madre del entredicho, con las facultades de administración de la Pensión por Sobreviviente a favor del ciudadano FRANCISCO GALLARDO VARELA, ante el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, y cualq.....