CAPÍTULO III
DISPOSITIVA
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como la declaraciones testimoniales de losciudadanos JOEL RENE TROYA y DESSIREE CAROLINA DIAZ BELLO, identificadas Ut supra, con las consideraciones de Hecho y de Derecho arriba indicadas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo3, de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009,DECLARA: CON LUGAR,la Solicitud de TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana NALVID COROMOTO URBINA BOLIVAR, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-10.078.695,sobre unas bienhechurías construidasen una parcela de terreno de propiedad Desconocida, ubicada en la zona Industrial Paso Real, (vía conectora Urbanización Rio Tuy-Intercomunal Charallave-Ocumare), Parcela 7, casa S/N, Municipio C.....