...PRIMERO: Se ABSUELVE al ciudadano: Cadenas Espinoza Marcos José, de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.402.470, natural de Cabimas, Estado Zulia, en fecha 15-02-1978, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, laborando actualmente en la Cooperativa "Francisca de Cipayare", ubicada en Delicias Nuevas, Calle San Antonio, Cabimas, Estado Zulia, grado de instrucción Bachiller, hijo de CARMEN ALICIA ESPINOZA (v) y de MARCOS JOSE CADENAS (f), residenciado en Calle La Estrella, Sector Bello Monte, Casa N° 69, detrás del Auto Eléctrico FELIPE, Cabimas, Estado Zulia, teléfonos 0264-241.43.97 (residencia), 0424-690.40.69 (móvil personal), 0424-687.63.18 (hija)"; de la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA, ROBO A MANO ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 460, en concordancia con el artículo 83 y 77 ordinales 11° y 12° ambos del Código Penal, hoy derogado; en concordancia con los artículos 8 y 366 ambos del Código Org.....