Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Abogado Jesús M. Avendaño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.546, en su carácter de representante judicial del ciudadano JAIRO ZERPA CONTRERAS, parte demandada reconviniente, contra el auto de fecha 11 de noviembre de 2003, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda y mediante el cual se negó la admisión de la prueba de informes contenida en el capitulo III del escrito de pruebas presentado en fecha 20 de octubre de 2003.
Segundo: SE CONFIRMA en todas sus partes, el auto de fecha 11 de noviembre del 2003, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia.....