IV.- DISPOSITIVA.
A la luz de los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora, ciudadano GONZALO JOSE MENDOZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N.º V-11.939.424, en su condición de socio y actual presidente de la ASOCIACIÓN CIVIL NUEVA CASARAPA, inscrita en el Registro Público del Municipio Plaza del estado Bolivariano de Miranda, el 27/02/2025, en el Tomo 4, N.º 43, Protocolo de Transcripción, el 09/04/2025, en contra de la decisión interlocutoria proferida el 28/03/2025, por el JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.....