... En tal sentido, se ordena al Comisionado del Registro Civil del Municipio Zamora, de la Alcaldía del Municipio Autónomo Zamora Guatire-Estado Miranda, y al Registrador Principal del Estado Bolivariano Miranda, estampar la debida NOTA MARGINAL, en el acta de Nacimiento llevada por dichas autoridades, durante el año 1.964, bajo el N° 301, folio 154, de los libros respectivos, a fin de que en la misma donde dice y se lee: "(...) Se ha presentado ante este Despacho el ciudadano MANUEL SOSA MÉNDEZ, (...) y de su cónyuge: MARÍA CONCEPCIÓN SOSA DE SOSA, (...)"; en su lugar diga y se lea: "(...) Se ha presentado ante este Despacho el ciudadano MANUEL SOUZA MÉNDES, (...) y de su cónyuge: MARÍA CONCEICAO de SOUZA MENDES , (...)". Todo ello, sin perjuicio de terceros.
Expídanse por Secretaría copias certificadas de esta sentencia y remítase a las autoridades civiles competentes junto con oficios, a los fines de estampar la correspondiente nota marginal, conforme a lo establecido en el art.....