declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abg. JESÚS MARÍA TOVAR, contra el texto íntegro de la decisión de fecha 25-02-2014 dictada por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia en Funciones de Juicio, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Barlovento; y en consecuencia, SE CONFIRMA el fallo dictado en dicha actividad procesal, razón por la cual el Órgano Jurisdiccional condenó mediante el procedimiento por admisión de los hechos, al adolescente de 17 años de edad (identidad omitida conforme al artículo 65, Parágrafo Segundo de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) a cumplir la sanción de DOS (02) AÑOS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD, de conformidad con lo previsto en artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, UN (01) AÑO DE LIBERTAD ASISTIDA, de conformidad con lo previsto en el artículo 626 ejusdem, y CUATRO (04) MESES DE IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, de .....