PRIMERO: Este Tribunal se Declara INCOMPETENTE POR CONEXIDAD, para conocer de la presente causa, seguida en contra del adolescente Oswaldo Raúl Paguay Guaman; quien manifestó ser Indocumentado, Ecuatoriano, nacido en fecha 18/03/1988; de 16 años de edad; de profesión u oficio comerciante, residenciado en el sector Panadero, subiendo por la Estrella, casa S/N; hijo de José Paguay y María Guamal; de conformidad con lo establecido en el artículo 49 numeral 4 Constitucional, 1, 70 numeral 1; 73, 76 y encabezamiento del 77, todos del Código Orgánico Procesal Penal; 665 y 666; en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2, de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia se DECLINA la competencia en razón a la conexidad de la presente causa, en un Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección de Adolescentes Circunscripcional con sede en la ciudad de Los Teques, en lo que respecta al adolescente Oswaldo Raúl Paguay Guamal. SEGUNDO: Se.....