La disposición legal en alusión, nos permite interpretar que por ser ciudadano y por tener atribuidas obligaciones, el adolescente debe responder por el hecho que afecte intereses de otras personas, y esa responsabilidad, de la lesividad y de su capacidad evolutiva, con fundamento en el artículo 13 eiusdem, necesariamente debe concatenarse con el contenido del artículo 93 de la Ley en mención, el cual establece limitaciones y restricciones de ciertos derechos y garantías, a los fines de preservar la protección de los derechos de las demás personas que conviven en sociedad.
Por otro lado, la defensa argumentó que se esta poniendo limites al poder punitivo, sobre el particular es oportuno destacar que estos le corresponde exclusivamente establecerlos al Estado, y no a los jueces, ya que este, es el que crea disposiciones legales que prohíben la realización de ciertos hechos o conductas de personas, con el establecimiento de restricciones de ciertos derechos y garantías constitucional.....