Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR los recursos de apelación ejercidos, el primero por el ciudadano DAVID ÁNGEL SARLI CEDEÑO, y el segundo por el abogado en ejercicio LUIS RAÚL MONTELL PEREIRA, actuando en su propio nombre y representación, contra el auto dictado por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Ocumare del Tuy en fecha 08 de julio de 2025, el cual se CONFIRMA bajo las consideraciones expuestas en el presente fallo; por consiguiente, se declara IMPROCEDENTE la homologación de la cesión y traspaso de los derechos litigiosos presentada por el ciudadano ANTONIO SARLI TEPEDINO en fecha 11 de junio de 2025, en el juicio que por.....