... DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE de PROPIEDAD, sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, fomentadas sobre un lote de Terreno de su propiedad según consta de documento protocolizado antes la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Acevedo del Estado Miranda, en fecha 18 de Diciembre de 2007, con el Nº 38, folio 51 al 53, Protocolo 1º, Tomo 6º, 4º Trimestre del año 2007, ubicado en el Sector Mesa de Urape, Parroquia Caucagua del Municipio Autónomo Acevedo del Estado Bolivariano de Miranda con una superficie de Mil Doscientos Catorce Metros Cuadros con Un Centímetros Cuadrados (1214,01 mts2) y con un área de construcción de Sesenta Metros Cuadrados (60,00mts2), a favor de la ciudadana NIDIA TERESA RODRIGUEZ LIPPO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, divorciada, civilmente hábil, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.939.366, ASI SE DECIDE.