Decreta a los ciudadanos MONICA PATRICIA PIRELA DE VERA, JOSE RAFAEL ZAMORA y EBEL JOEL HUICE, titulares de las cedulas de identidad Nros., 9.797.276, 16.452.347 y 15.026.974 respectivamente, la aplicación de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad prevista en el artículo 256 ordinales 3 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal, relativa a presentaciones cada Quince (15) días, por ante La Prefectura del Municipio Paez por el lapso de seis meses, y la prohibicion expresa de acercarse a la victima