´Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil vigente, DECLARA, a la ciudadana AMADA LOURDES DIAZ GERDLER, de nacionalidad venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.058.636; UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, de los De-Cujus DAVID DIAZ ALVAREZ, YNMA ELOISA GERDLER SOJO Y JOSE LUIS DIAZ GERDLER, de nacionalidad venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.675.082, V-4.878.111 y V-12.533.571, quien en vida fueran PADRE, MADRE y HERMANO de la solicitante, respectivamente. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada.
-DIARICESE, REGISTRESE, PUBLIQUESE, Y .....