DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los cónyuges, ciudadanos: MARIA ALILIA BELLO DE RODRIGUEZ y REGULO ANTONIO RODRIGUEZ ALMEIDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-6.197.253 Y V-6.414.087, respectivamente y en consecuencia declara: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los une hasta el día de hoy, en virtud del matrimonio por ellos celebrado por ante el Registro Civil de la Parroquia Paracotos del Municipio Autónomo Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 09 de Marzo de 1.978, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el N° 3, en el libro respectivo.-