Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECRETA: TÍTULO SUPLETORIO, a favor del ciudadano DOUGLAS JOSE MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 14.013.951, sobre bienhechurias ubicadas en Comunidad La Mata, sector Las Casitas, calle Los Girasoles, casa S/N, parroquia Charallave, Municipio Cristóbal Rojas, del Estado Bolivariano de Miranda, construida en un terreno propiedad del INTI; declara haber fabricado a su solas y únicas expensas, con dinero de su propio peculio, encontrándose.....