Primero: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la ciudadana BELKIS DEL VALLE CARNIQUEZ, contra la sentencia de fecha 20 de noviembre de 2003, dictada por el Juzgado de los Municipio Independencia y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Segundo: MODIFICA la sentencia de fecha 20 de noviembre de 2003, dictada por el Juzgado de los Municipio Independencia y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en lo que respecta al monto fijado como pensión alimentaria, quedando la misma establecida en el monto de un salario mínimo urbano actual mensual, lo cual es equivalente a la cantidad de Trescientos veintiún mil doscientos treinta y cinco con veinte céntimos (Bs. 321.235,20), previéndose su ajuste automático en la medida en que el Ejecutivo Nacional, mediante decreto fije el salario mínimo urbano nacional, así como la cancelación de dos cuotas adicionales, una en septiembre y otra en diciembre por la cantidad de Seiscientos cuarenta .....