V.- DECISION:
A la luz de los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley; DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 26/08/2025, por los ciudadanos NILDRY JOSEFINA GIL MORALES y JULIO CESAR MORALEZ GONZÁLEZ, venezolana la primera y extranjero el segundo, mayores de edad e identificados con la cédula N.º V-15.696.508 y E- 84.576.940, en ese orden, debidamente asistidos por el abogado JOSÉ A. CLAVO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo la matrícula 53.230, en contra de la decisión dictada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, con sede en Guarenas, en fecha 26/08/2025;
SEGUNDO: IMPROCEDENTE IN LIMINE .....