acuerda otorgar la Medida Cautelar Sustitutiva menos gravosa, de conformidad con el articulo 256 ordinal 3° Código Orgánico procesal Penal al imputado LUISANYI ARMANDO PANTOJA SALAZAR, , venezolano, natural de Caracas, el día: 11-05-1987, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.996.871, de estado civil soltero, de profesión u oficio: Comerciante informal, hijo de: Jesús Pantoja (v) y Yerlis Salazar (v), residenciado en: Caucagua, sector la peica, vía araguita, carretera nacional, Teléfono: 0234-5147284, consistente en la obligación de presentarse cada Cuarenta (40) Unidades Tributarias, en su conjunto, para lo cual presentaran constancias de trabajo especificando el RIF y el NIP, cargo que desempeñe el que la suscribe, Carta de Buena Conducta, Constancia de Residencia; y una vez satisfechos los requisitos de la fianza, el imputado deberá presentarse con una regularidad de cada Treinta (30) días por ante este Tribunal, por un lapso de seis (6) meses. Igualmente.....