Por todos los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ACUERDA la REDENCIÓN DE LA PENA POR EL TRABAJO al ciudadano JOSE DOMINGO HERNANDEZ MARRERO, titular de la cedula de identidad N° V-6-316.485, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, de 42 años de edad, fecha de nacimiento: 28-03-1970, titular de la cedula de identidad N° V-6-316.485, estado civil: Soltero, de oficio: Técnico de Refrigeración Industrial, residenciado en: Calle Falcón con Avenida Monagas, adyacente al Centro Medico Tuy, casa sin número, Santa Teresa del Tuy, Estado Bolivariano de Miranda, hijo de CARMEN MARRERO (V) y de JOSE DOMINGO HERNANDEZ (F), por un tiempo igual a, conforme con lo previsto en el artículo 14° de la Ley de Redención J.....